CIUDAD MALLORQUÍN: ¿UN ECOCIDIO?

Argos, en su codicia inmobiliaria extrema, se trazó el irrenunciable propósito de urbanizar ese suelo sin importarle los impactos ambientales y de movilidad que hemos señalado varios actores de la sociedad civil barranquillera.

El suelo donde se construye Ciudad Mallorquín, el “lugar soñado” según la publicidad de Argos, que en un tiempo Cementos del Caribe usó como cantera, debió ser siempre, creo, “por sus características geográficas, paisajísticas o ambientales”, suelo de protección siguiendo el artículo 35 de la Ley 388 de 1997. Por lo tanto, debió prohibirse o al menos restringirse “la posibilidad de urbanizarse”.

Argos, en su codicia inmobiliaria extrema, se trazó el irrenunciable propósito de urbanizar ese suelo sin importarle los impactos ambientales y de movilidad que hemos señalado varios actores de la sociedad civil barranquillera.

La CRA justifica los cambios que ocurrieron en el Pomca 2017 sosteniendo que el área que ha sido urbanísticamente intervenida nunca fue bosque seco tropical. Afirma que la flora arrasada es “vegetación secundaria baja”. Si era un pedazo de monte que no merecía conservación, ¿por qué el Pomca 2007 declaró  esa zona como de uso múltiple restringido y ecosistema estratégico? ¿Ese fue un Pomca equivocado de ambientalistas romanticones?

Por las implicaciones penales que eso podría tener nadie va a admitir que Ciudad Mallorquín es la legalización de un ecocidio.

La legislación colombiana es dura contra los delitos ambientales. El Código Penal dice en el artículo 333: “El que con incumplimiento de la normatividad existente destruya, inutilice, haga desaparecer o cause un impacto ambiental grave o de cualquier otro modo dañe los recursos naturales…incurrirá en prisión de sesenta (60) a ciento treinta y cinco (135) meses y multa de ciento sesenta y siete (167) a dieciocho mil setecientos cincuenta (18.750) salarios mínimos legales mensuales vigentes”. Y el parágrafo 1 añade: “Para efectos de este artículo se entiende por ecocidio, el daño masivo y destrucción generalizada grave y sistémica de los ecosistemas”.

La CRA argumenta que el “ajuste realizado en el año 2017 en el Pomca Mallorquín fue una respuesta a un mandato legal que instó a las autoridades ambientales a revisar y actualizar los Pomcas previamente elaborados, considerando nuevos lineamientos establecidos en el Decreto 1640 de 2012”. ¿Estamos frente a un ecocidio recubierto de legalidad?

A la CRA le ha faltado coraje político para ejercer su autoridad ambiental y ha optado por descargar en otros actores institucionales la exclusividad de la culpa por la catástrofe ecosistémica que ella ha permitido. Ojalá no quede en una incumplida promesa su anuncio de revisar el Pomca Mallorquín 2017. Nos complacen las indagaciones anunciadas por la Procuraduría y Fiscalía. Esto se convirtió en un debate de gran interés público.

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