Doctora Diana Mantilla, secretaria de Planeación Distrital, como usted sabe, el Grupo Argos, en el polígono industrial donde desarrolla sus actividades el Grupo Tecnoglass, se planteó la construcción del proyecto habitacional Portal del Norte. Y se lo planteó aprovechando que el POT 2014 introdujo en ese polígono industrial un polígono comercial que incluyó, de contera, la actividad residencial. Esa anomalía normativa originó la conflagración que sabemos entre Argos y Tecnoglass. Prodesa, la empresa aliada a Argos en el proyecto habitacional, desistió de la licencia urbanística tramitada en la Curaduría 2, pero subsiste la irregularidad en el tratamiento urbanístico que se le dio al suelo en ese sector de Barranquilla.
Me explico para que los lectores me puedan entender mejor. Según la Ley 388 de 1997, cuando los municipios y distritos elaboran sus planes de ordenamiento territorial deben clasificar el suelo en urbano, de expansión urbana y rural. Y el Decreto 1077 de 2015 para Vivienda, Ciudad y Territorio, señala que los planes de ordenamiento territorial establecerán los tratamientos urbanísticos para “un manejo diferenciado de los distintos sectores del suelo urbano y de expansión urbana”. Tales tratamientos son de consolidación, conservación, desarrollo, renovación urbana y mejoramiento integral.
El área donde Argos pretendía hacer el Portal del Norte tenía en el POT 2007 un tratamiento urbanístico de desarrollo y en el POT 2014 es de consolidación. ¿Cuál es la diferencia? Que la norma dice que un predio de suelo urbano o de expansión urbana es de desarrollo cuando tiene por característica ser urbanizable no urbanizado o urbanizado no edificado y es de consolidación cuando ha sido urbanizado y edificado. Y resulta que cuando se adoptó el POT 2014 el predio de Argos para sus pretendidas viviendas no estaba edificado. Ni lo está aún.
Por lo tanto, doctora Mantilla, lo legalmente procedente es que el lote de Argos edificable no edificado retome el color amarillo de la convención de desarrollo. Creemos que a la secretaría de Planeación de Barranquilla le corresponde subsanar la violación normativa cometida en el POT 2014 que evidentemente favorece la estrategia inmobiliaria de Argos con una acomodaticia manipulación de los tratamientos urbanísticos del suelo urbano y de expansión urbana.
El mensaje al alcalde Alejandro Char y a los concejales que han propuesto ajustar el POT 2014 es que asuman sin tardanzas la tarea. La ciudad necesita un POT que brinde estabilidad y certeza a las inversiones existentes y proyectadas y minimice la generación de caos y conflictos en el desarrollo urbano.